Desde el 14 de setiembre de 2026, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto habilitó la Plataforma de Apostilla Electrónica. En su primera fase cubre 91 documentos emitidos por 18 instituciones, en áreas de educación, exportaciones, salud y justicia. El sistema opera las 24 horas, admite el pago digital del timbre y entrega la apostilla por correo electrónico con un código de verificación en línea.
Para quienes litigamos o asesoramos en asuntos transfronterizos, la noticia es buena por una razón concreta: la apostilla dejó de ser un cuello de botella físico. Ya no depende de filas, citas ni de mensajería internacional para que el documento llegue firmado al extranjero. El tiempo promedio de respuesta que anuncia la Cancillería es de 3 días hábiles, con un plazo máximo legal de 10 días hábiles. Costa Rica se alinea así con el programa e-APP que impulsa la Conferencia de La Haya desde hace años.
Pasos para apostillar en línea
- Verifique que el documento califica. Debe estar en PDF, indicar con claridad la institución emisora y el nombre y cargo de quien lo firma, y llevar firma digital de un funcionario acreditado, verificable en el sistema de firma digital del Banco Central. La lista de funcionarios acreditados está publicada por la Cancillería.
- Cree su perfil de usuario en e-apostilla.rree.go.cr. El usuario es el número de identificación sin guiones ni espacios. El ingreso admite contraseña o firma digital.
- Presente la solicitud y cargue el documento. Revise con cuidado el correo electrónico que indica: la apostilla se remite a esa dirección una sola vez.
- Espere la revisión. El Departamento de Autenticaciones no valora el contenido del documento, únicamente la validez de la firma del funcionario o del traductor oficial que lo suscribe.
- Pague el timbre de Parques Nacionales de ¢500 por documento, exclusivamente dentro de la plataforma. El trámite se tiene por concluido con ese pago.
- Descargue, conserve y verifique. La autenticidad se comprueba en la opción "Consulta Apostilla" con el código y la fecha, o mediante el código QR.
Tres advertencias prácticas
La plataforma no habilita la legalización por vía consular, que sigue siendo presencial y por cita. Un documento en papel con firma manuscrita no entra al sistema: la firma tiene que ser digital, y lo mismo aplica a las traducciones de traductores oficiales que se pretendan apostillar por esta vía.
Finalmente, aunque la apostilla electrónica tiene la misma validez que la física, conviene confirmar con la autoridad del Estado receptor que acepta el formato electrónico. La receptividad todavía es desigual entre países, y en un exequátur o en un proceso de familia ese detalle puede costar meses.
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